COMUNICACIÓN BCRA A “7398” Y SU IMPACTO EN LAS CASAS DE CAMBIO

El jueves 11 de noviembre de 2021 el Banco Central de la República Argentina (el “BCRA”) publicó la Comunicación A “7398” (la “Comunicación”). (1) La Comunicación modifica en cierta medida el Texto Ordenado de Servicios Financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia No. 260/2020.

A través de la misma el BCRA permitió que los bancos y empresas que prestan servicios vinculados puedan brindar atención presencial al público sin turno previo. Sin perjuicio de ello, si quisieran mantener el sistema de turnos deberán cumplir con ciertas pautas como, por ejemplo, exhibir dicha circunstancia en forma clara en sus sitios web y contar con sistemas que permitan gestionarlos de forma sencilla, entre otros.

Asimismo, y con un impacto aún más trascendente que tuvo mayor repercusión en los últimos días, la Comunicación habilitó a las casas y agencias de cambio autorizadas a que vendan cualquier moneda extranjera que deseen (incluyendo así dólares estadounidenses y euros). 

Lo anterior resulta relevante ya que, en 2020, se les había impuesto a estas últimas la restricción de que únicamente pudieran ofrecer moneda local y moneda de países limítrofes (reales, peso chileno, uruguayo). (2) Lo curioso es que Argentina tenía, en aquel momento, las fronteras cerradas. Fuera como fuera, lo cierto es que durante ese período de tiempo las casas de cambio sólo podían vender dólares de forma remota lo cual no era muy redituable para la mayoría, ya que implicaba asumir altos costos para desarrollar sitios web y cumplir con requisitos de seguridad que no eran compensados con la poca demanda. Consecuentemente, no fueron muchas las casas de cambio que avanzaron finalmente con adaptar su sistema informático y poner en marcha la venta digital y remota. Por eso mismo, estar nuevamente habilitadas para vender dólares y euros de manera presencial es una medida que las beneficia. 

En los últimos años las medidas que ponen restricciones a la compra venta de dólares se han ido endureciendo y han estado en constante modificación. En la actualidad, existen diversas cotizaciones del dólar y quienes deseen comprarlo a través del banco están sujetos a un cupo máximo de doscientos dólares mensuales (US $200). Asimismo, no todos los argentinos pueden efectuar dicha compra ya que si, por ejemplo, la empresa para la cual trabajan recibió ayuda del Estado en el marco del programa de emergencia lanzado en 2020 o si operan con dólar MEP, entre otros, no podrán efectuar la compra a ese tipo de cambio (el cual resulta más beneficioso por ser más barato). Para efectuar el control los bancos suelen pedir periódicamente declaraciones juradas a los usuarios de sus servicios en las cuales deben dejar asentado que no se encuentran impedidos para realizar la compra. Por otro lado, no está permitido vender o cobrar comisión a otros usuarios por la utilización del cupo. Quienes quieran depositar dólares en una cuenta de un tercero de otro banco, deberán pagar una comisión en dólares. 

Este artículo es un breve comentario sobre temas de interés general y novedades legales en Argentina. En este sentido, no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.

 

Referencias: 

 

Autor: 

Ignacio Sáenz Valiente 

Socio | Asesoramiento Corporativo y Reorganizaciones Societarias

ivaliente@svya.com.ar

 

Foto/ilustración:

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