ANMAT: Sistema de Declaración de Sellos y Advertencias Nutricionales

​​El 11 de abril de 2022 se publicó en el Boletín Oficial la Disposición 2673/2022 de la Administración Nacional de medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (la “ANMAT”). La misma se dicta luego de que se emitiera el Decreto 151/2022 (el “Decreto”) con la reglamentación de la Ley No. 27.642 de Promoción de la alimentación Saludable (la “Ley”). (1)

En el citado Decreto, se establece al Ministerio de Salud como autoridad de aplicación de la Ley No. 27.642, el cual podrá actuar en forma coordinada con la ANMAT (organismo descentralizado de dicho ministerio) en el ámbito de sus competencias. Por su parte, en el artículo 14 inciso d) del Anexo I del Decreto se establece que los sujetos obligados deberán declarar ante la ANMAT, a través del Instituto Nacional de Alimentos (el “INAL”), con carácter de declaración jurada, la información del contenido de nutrientes críticos y calorías, como así también la presencia de edulcorantes y/o cafeína. 

Asimismo, se determina que será la ANMAT quien intervenga y establezca las disposiciones complementarias para dar cumplimiento a la declaración jurada, evalúe las excepciones de los envases litografiados y la justificación de las prórrogas interpuestas por los sujetos obligados, como así también será quien fije los procedimientos para la adecuación de los rótulos de los productos que se encuentren en la cadena de comercialización y de las bobinas y materiales de empaque.

Por lo anterior, mediante la Disposición se crea el “Sistema de Declaración de Sellos y Advertencias Nutricionales” dentro del “Sistema de información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos”, herramienta creada para la gestión de los procedimientos establecidos por la Ley y el Decreto, el cual estará integrados por cuatro servicios:

  1. La calculadora de sellos. La misma funcionará como servicio de acceso púbico y abierto y permitirá el cálculo oficial del perfil de nutrientes críticos y sellos de advertencias de los alimentos y bebidas analcohólicas.
  2. La declaración jurada. Los sujetos obligados deberán realizarla y mantenerla actualizada para los productos alcanzados por la Ley y el Decreto. Consecuentemente, los sujetos obligados serán responsables de la veracidad de la información ingresada y asumirán la responsabilidad en caso de que la misma no sea completa, sea inconsistente y/o defectuosa. Para acceder a la misma se deberá ingresar a la página web de ANMAT con clave fiscal de AFIP. 
  3. El gestor de prórrogas. Los sujetos obligados podrán solicitar ante la ANMAT una prórroga de 180 días corridos para la primera etapa, y por única vez. Para ello deberán presentar la solicitud ingresando a la página web de ANMAT con clave fiscal AFIP y deberán declarar y especificar los alimentos y/o bebidas analcóholicas y justificar los motivos específicos y de índole tecnológicos, productivos, entre otras causas, que los limiten a cumplir el cronograma previsto por la Ley y el Decreto. Dichas solicitudes podrán ser presentadas hasta el 20 de julio de 2022 o, en el caso de las MiPyMes, hasta el 20 de enero de 2023. 
  4. El buscador. Dicha herramienta pone a disposición la información para uso de las autoridades y del público en general como pare del acceso a la información garantizada por la Ley. El buscador permite realizar consulta en línea sobre la información declarada del perfil de nutrientes de los alimentos y bebidas analcóholicas consolidada a partir de las declaraciones juradas presentadas por los sujetos obligados.

La Disposición entra en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial. 

 

Este artículo es un breve comentario sobre temas de interés general y novedades legales en Argentina. En este sentido, no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.

 

Referencias: 

  1. La Disposición está disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/260773/20220411 

 

Tags (además de la categoría): ley de etiquetado frontal; promoción de la alimentación saludable;  Sistema de Declaración de Sellos y Advertencias Nutricionales; declaración jurada de sellos; DDJJ ANMAT

Autor: 

Ignacio Sáenz Valiente 

Socio | Asesoramiento Corporativo y Reorganizaciones Societarias

ivaliente@svya.com.ar

 

 

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