Consumidor: compendio Normativo 2020-2021

La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo publicó el “Compendio Normativo 2020-2021” con el objetivo de brindar un material que facilite el acceso a la información y, en consecuencia, el acceso y ejercicio de los derechos de los consumidores. 

La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo sostiene que el compendio visualiza el compromiso del Estado por velar por los derechos de los consumidores, regulando y controlando el cumplimiento de las obligaciones de los proveedores y desalentando que en el mercado proliferen prácticas abusivas. 

Entre otras normas se citan las siguientes:

 

  1. Resolución 139/2020 SCI sobre consumidores hiper vulnerables. La Resolución establece que se priorizarán los reclamos que involucren los derechos o intereses de niños, niñas y adolescentes; personas del colectivo LGBT+ -lesbianas, gays, bisexuales y transgénero-; mayores de 70 años; personas con discapacidad; migrantes o turistas; integrantes de comunidades de pueblos originarios y ruralidad; y residentes en barrios populares.
  2. Resolución 236/2021 SCI la cual determina el procedimiento que se llevará a cabo en el caso de que menores de edad estén involucrados en reclamos. Se hace una distinción entre adolescentes de 13 y 17 años (quienes podrán presentar denuncias de manera autónoma a los proveedores por incumplimientos a sus derechos como consumidores o usuarios de bienes y servicios) y entre los niños de hasta 12 años (en este caso podrán participar de las audiencias conciliatorias junto con los adultos que estén a cargo de su cuidado).
  3. Resolución 399/2020 SCI moderniza el sistema de pago de las obligaciones no tributarias de los proveedores, a los efectos de brindar mayor seguridad. Asimismo, determina el cálculo y mecanismo de pago del arancel de homologación y de las multas a los proveedores por no asistir a las audiencias de conciliación.
  4. Resolución 271/2020 SCI establece la obligación a publicar los ejemplares de los contratos de adhesión en el sitio web de los proveedores de bienes y servicios.
  5. Resolución 449/2020 SCI establece que deben publicarse de manera precisa y claramente visible todos los medios de pago -sean electrónicos o no- que se acepten en los puntos de venta o en compras a distancia. En el primer caso se informará con cartelera específica en vidrieras o líneas de caja mientras que, en el segundo caso, en las páginas web de los proveedores.
  6. Resolución 994/2021 SCI incluye nuevos supuestos de cláusulas abusivas en los contratos. Entre otras, aquellas que violen, excluyan, distingan o menoscaben arbitrariamente derecho de niños, niñas y adolescentes y de consumidores hiper vulnerables en general, limiten las acciones colectivas, establezcan intereses de intereses, limiten el derecho de arrepentimiento.
  7. Resolución 1033/2021 SCI fija los Parámetros Mínimos Obligatorios de Calidad para los Servicios de Atención por teléfono o Internet. Algunos de estos parámetros establecen la obligación de brindar contacto humano en las conversaciones, la prohibición de la utilización de bots o inteligencia artificial como único medio de comunicación, la abstención de desplegar conductas vergonzantes, lenguaje grosero y la obligación de que el primer nivel del llamado, las opciones del menú no puedan ser superiores a 5, debiendo ser una de ellas la opción de atención por parte de una persona humana.

 

Este artículo es un breve comentario sobre temas de interés general y novedades legales en Argentina. En este sentido, no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.

 

Autor: 

Ignacio Sáenz Valiente 

Socio | Asesoramiento Corporativo y Reorganizaciones Societarias

ivaliente@svya.com.ar

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