Situación de los interdictos
La sanción del Código Civil y Comercial (en adelante, CCCN) no implico la derogación expresa ni tacita de los interdictos. Si bien algunas de las “mayores” diferencias entre las acciones posesorias y los interdictos han desaparecido, lo cierto es que aún subsisten diferencias entre ambas protecciones. La más cabal de aquellas diferencias resulta del plazo anual de prescripción de las acciones posesorias (art. 2564 inc. b) del CCCN) y el plazo anual de caducidad de los interdictos (art. 621 Código Procesal Civil y Comercial, en adelante CPCCN).
Según un importante sector de la doctrina reinante la tendencia a unificar la instancia posesoria que impulsó el CCCN es saludable, pues con los cambios casi no existirán diferencias entre las acciones posesorias y los interdictos, salvo ciertas diferencias (ej. los interdictos caducan y las acciones posesorias prescriben). Modificaciones estas que llevarían a derogar los interdictos procesales que hoy incluso regulan de modo inconstitucional aspectos sustanciales con prescindencia de las disposiciones del CCCN. Todo lo cual llevará tarde o temprano a que carezca de sentido la controversia en cuanto a si los interdictos procesales son remedios distintos de las acciones policiales o si, por el contrario, constituyen la reglamentación procesal de estas últimas (Zelaya Mario, en Herrera M. (Dir.), Caramelo G. (Dir.) y Picasso S. (Dir.) Código Civil y Comercial de la Nación Comentado, Libro Cuarto. Artículos 1882 a 2276, tomo V, Infojus, Buenos Aires, 2015, p. 366; Perez Pejcic, Gonzalo, “Defensas de las relaciones de poder”, en Malizia, Roberto, Modelos de escritos: Derechos reales, Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 2018, p. 639 y ss).
En pocas palabras, en la actualidad subsisten los cuatro interdictos posesorios: a) Interdicto de adquirir (art. 607 del CPCCN); b) Interdicto de retener (arts. 610 y 611 del CPCCN); c) Interdicto de recobrar (arts. 614 y 615 del CPCCN); y d) Interdicto de obra nueva (art. 619 del CPCCN). En próximas notas nos detendremos en el análisis de cada uno de ellos.
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Autora: Claudia I. Ostergaard
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