Un interesante fallo judicial respecto a criptoactivos sentó un precedente novedoso. El caso fue decidido el 17 de agosto de 2022 pero recién tomó estado público ahora. En el mundo de las cripto existen diferentes players o jugadores con roles distintos. Entre ellos -y relevante para el caso en cuestión- se ubican los exchanges como Binance. Básicamente, como su nombre lo dice, son plataformas que permiten comprar, vender o intercambiar criptoactivos (ya sea por otras monedas digitales, dinero o mercancías).
En cuanto a los hechos del caso resuelto por ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 18 la actora sufrió el robo de su teléfono celular en un restaurante. Al cabo de unas horas su pareja recibió un mensaje de texto con una alerta en la que se informaba que el teléfono celular se había prendido y se indicaba la ubicación en leña que se encontraba. Además, el mensaje de texto tenía un enlace simulando ser de la marca del celular lo cual llevó a la actora a caer en un engaño y proporcionar sus claves personales.
Luego, la actora constató que había habido un ingreso no autorizado y que ella desconocía en la plataforma de criptoactivos Binance, de la cual ella era usuaria, y que le habían sustraído sus fondos. Automáticamente se contactó con Binance, donde -a su vez- confirmaron constataron que se había realizado una transferencia de sus activos a otras cuentas de la misma compañía.
Se inició una investigación y en la misma se solicitó a Binance información sobre las transacciones y movimientos entre cuentas a fin de reconstruir lo ocurrido y determinar la cuenta a la que se habían transferido los criptoactivos. Los fondos de la actora estaban compuestos por criptoactivos de diferente naturaleza. Entre ellos, y solo a modo de ejemplo, Bitcoin, Litecoin, Ethel, ChainLink, Enjin Coin, VeChain, Polygon, Solana y Cosmos.
De esta forma, el juez Pablo Ormaechea ordenó que se entregaran los criptoactivos inmovilizados oportunamente en la cuenta del imputado en la plataforma Binance en favor de la parte peticionante, en carácter de depositario judicial, con la expresa prohibición de poder utilizarlos hasta tanto se descarte su eventual afectación en los términos de los artículos del 23 del Código Penal y 523, último párrafo del Código Procesal Penal de la Nación.
Este fallo es novedoso en cuanto demuestra y reconoce que los exchanges de criptoactivos no solo tienen acceso a los datos personales de sus usuarios -datos que requieren para poder darlos de alta- sino que además tienen acceso a los movimientos que cada uno realiza en la plataforma. Por otro lado, al tratarse de un Exchange centralizado también es posible actuar sobre los fondos de sus usuarios. En otras palabras, alcanza con una orden judicial para que se congelen los fondos.
Cabe resaltar, por último, que la actora no podrá disponer ni utilizar de los fondos que le fueron restituidos hasta tanto el juez lo determine. La suma total de los fondos en cuestión asciende a alrededor de casi noventa mil dólares.
Este artículo es un breve comentario sobre temas de interés general y novedades legales en Argentina. En este sentido, no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.
Autor:
Socio | Asesoramiento Corporativo y Reorganizaciones Societarias
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