El Ministerio de Seguridad emitió la Resolución No. 139/2022, la cual fue publicada en el Boletín Oficial el 17 de marzo de 2022 (la “Resolución”) y que se encuentra en vigor desde el mismo día de su publicación. A través de la misma se creó, en el marco del “Programa de Fortalecimiento en Ciberseguridad y en Investigación del Cibercrimen”, el Centro de Investigaciones de Alta Tecnología (el “CICAT”). (1)
La presente Resolución se dicta en razón de que, producto del desarrollo de las nuevas tecnologías de la información, de la digitalización y del ciberespacio, se han desarrollado nuevas formas de interacción social a nivel mundial y que impactan en todos los ámbitos de la vida de las personas. En este sentido, se menciona que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) publicó un documento en 2017 sobre la economía digital, el cual menciona que el acceso a internet por parte de la población mundial ha crecido del 4 al 40% en tan solo 20 años. Ello, sin dudas ofrece innumerables posibilidades para el desarrollo humano, pero también trae aparejado riesgos y amenazas que intentan ser aprovechados por aquellas personas que buscan cometer delitos.
Consecuentemente, se destaca que la INTERPOL mencionó que la ciberdelincuencia ha puesto en evidencia un cambio sustancial en los objetivos de los ataques, los cuales ahora tienden a ser hacia grandes multinacionales, administraciones estatales e infraestructuras esenciales. Asimismo, se agrega que se han detectado numerosos correos basura, incidentes de tipo malware y URL maliciosas.
En razón de lo anterior, se describen distintos tipos de ciberdelincuentes. Entre ellos, están aquellas personas que no forman parte de ninguna estructura asociada a la criminalidad organizada y los beneficios de los delitos cometidos son solo para ellos. Por otro lado, están aquellas organizaciones criminales complejas cuyo rédito puede no solo ser económico sino político o geopolítico.
El CICAT tiene como misión el análisis, investigación y prevención de ciberdelitos de Alta Tecnología, y funcionará en el ámbito de la Unidad de Gabinete de Asesores del Ministerio de Seguridad.
En esta línea, el CICAT podrá realizar las investigaciones que le sean requeridas – y que por su especificidad y/o complejidad y/o urgencia le deban ser asignadas – cuando (i) se presuma la existencia de actividades posiblemente delictivas contra computadoras, sistemas de información y/o redes informáticas, o (ii) se presuma la existencia de una organización criminal compleja que realice actividades presuntamente delictivas, tipificadas como delitos federales.
En los casos de los delitos presuntamente cometidos a través de medios digitales, contra la integridad sexual de niños, niñas y adolescentes, de ser requerido, el CICAT prestará colaboración en su investigación.
El CICAT estará integrado por personal con estado policial de la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria y la Prefectura Naval Argentina. El personal afectado al CICAT deberá ser designado por el responsable de cada uno de dichos entes policiales y de seguridad mencionados dentro de un plazo de sesenta días corridos.
Asimismo, las policías provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán realizar pasantías en el CICAT, para ello deberán adherir previamente al “Plan Federal de Prevención de Delitos Tecnológicos y Ciberdelitos” (el “Plan Federal”). Dicho Plan Federal fue aprobado el 10 de febrero de 2022 mediante la Resolución del Ministerio de Seguridad No. 75/2022. El objetivo de éste es el de, en la medida de lo jurídica y técnicamente posible, garantizar el uso seguro del ciberespacio, protegiendo los derechos y garantías reconocidos para los habitantes de la República Argentina.
Este artículo es un breve comentario sobre temas de interés general y novedades legales en Argentina. En este sentido, no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.
Referencias:
- Resolución 139/2022. Disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/259201/20220317
Autor:
Ignacio Sáenz Valiente
Socio | Asesoramiento Corporativo y Reorganizaciones Societarias
ivaliente@svya.com.ar
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