Desde el 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre del 2021 estará vigente el programa presentado por el Gobierno de la Nación para reducir la informalidad del empleo de trabajadoras en casas particulares y promover su acceso y permanencia. El programa llamado “Registradas” fue publicado en el Boletín Oficial el 28 de septiembre de 2021 mediante el Decreto 660/2021 (el “Programa”). (1)
El Programa consiste de un subsidio que será abonado durante seis meses desde el momento del alta de la trabajadora y el empleador deberá comprometerse a mantener su puesto de trabajo durante cuatro meses más luego de concluir el plazo de la asistencia. El subsidio cubrirá entre un 30-50%, con un tope de $15.000, del salario mensual de las trabajadoras que sean blanqueadas. Esto último significa que los empleadores deberán registrar y pagar los aportes, contribuciones, ART y el porcentaje del sueldo restante, además de asumir el compromiso de mantener el puesto de trabajo durante los cuatro meses posteriores a la finalización del beneficio. (2)
En la presentación del Programa, Elizabeth Gómez Alcorta, ministro del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, explicó que en el último tiempo muchas familias de la clase media han tenido que reducir o restringir la contratación de empleadas domésticas y que las, hasta el momento, las medidas existentes que incentivan a su contratación solo tienen como beneficio la deducción de los costos del impuesto a las ganancias. Ergo, ante el panorama actual, se busca una medida progresiva que apunte a la clase media y contribuya a reactivar el sector laboral cuyo 64% hoy se encuentra viviendo en hogares por debajo de la línea de la pobreza y cuyo 98% son mujeres.
Asimismo, se aclaró que el acceso al Programa es compatible con, entre otras políticas, los beneficios de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación Universal por Embarazo, la Tarjeta Alimentar, el Plan Progresar, y de Potenciar Trabajo. No obstante, el Programa no es compatible con pensiones no contributivas por invalidez, pensiones no contributivas para madres de siete o más hijos, pensiones no contributivas por vejez.
También se busca bancarizar a las trabajadoras de casas particulares y para ello se ofrece la apertura de una cuenta gratuita en Banco de la Nación Argentina y acceso a beneficios bancarios. Se espera con ello promover la inclusión financiera con perspectiva de género y diversidad.
Algunos de los requisitos para poder acceder al Programa son los siguientes:
- Las trabajadoras de casas particulares trabajen al menos doce horas por semana en el mismo hogar;
- Que las tareas de las trabajadoras estén enmarcadas dentro de las categorías “Personal para tareas específicas”, “Caseros y caseras”, “Asistencia y cuidado de personas” o “Personal para tareas generales”;
- Que la parte empleadora tenga ingresos brutos mensuales promedio, igual o inferior a $175.000; y
- Los empleadores sólo podrán registrar a una trabajadora y la trabajadora solo podrá estar inscripta en el Programa bajo la nómina de un empleador.
La inscripción la podrá solicitar la parte empleadora a través de la página web de la AFIP. (3) En la solicitud deberá indicar los datos personales de la empleadora; los datos de contacto de la persona empleada, las horas semanales trabajadas y su salario mensual (si el salario se realiza con una periodicidad distinta a la mensual, deberá informarse); y cualquier otra información que la autoridad de aplicación determine.
Este artículo es un breve comentario sobre temas de interés general y novedades legales en Argentina. En este sentido, no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.
Referencias:
(1) Decreto 660/2021 disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/250120/20210928
(2) Para más información acerca del Programa: https://www.argentina.gob.ar/generos/programa-registradas
(3) Disponible en: https://casasparticulares.afip.gob.ar/default.aspx
Autor:
Ignacio Sáenz Valiente
Socio | Asesoramiento Corporativo y Reorganizaciones Societarias
ivaliente@svya.com.ar
Foto/ilustración:
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